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Wednesday, 31 May 2017 10:41

PROGRAMA EUROSTARS 2 (2008-2020)

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Cut-off 7&8 (Marzo-Septiembre 2017). Proyectos transnacionales de I+D dirigidos por Pyme.

Organismo Convocante: Programa conjunto entre EUREKA y la Comisión Europea. (El CDTI gestiona la participación española en EUROSTARS a través de la oficina EUREKA.)

Objeto de la Convocatoria:

Proyectos de I+D en consorcio liderados por pymes intensivas en I+D. Dichos proyectos deben representar una ruptura con el estado del arte técnico y un reto comercial tales que permitan a estas empresas dar un salto cualitativo importante en su posición en el mercado.

Beneficiarios:

  • Pyme intensiva en I+D. El coordinador del consorcio y líder debe ser una empresa catalogada como “pyme intensiva en I+D” (ver descripción en apartado “Requisitos Específicos”). En España se excluyen a empresarios individuales.
  • Otras instituciones (universidades, organismos de investigación, grandes empresas, pymes, etc.) que colaboren en el desarrollo del proyecto.

Importante: Aunque los centros de investigación españoles podemos ir como solicitantes en la propuesta EUROSTARS europea, la convocatoria que financia el programa a nivel nacional únicamente financia a empresas, que pueden subcontratarnos.

Modalidades de proyectos:

  • Proyectos de I+D en consorcio liderados por PYMES intensivas en I+D. Dichos proyectos deben representar una ruptura con el estado del arte técnico y un reto comercial tales que permitan a estas empresas dar un salto cualitativo importante en su posición en el mercado.
  • Proyectos de cualquier área tecnológica, cercanos al mercado y de aplicación civil. El resultado es un proceso, producto o servicio.

Cuantía de las ayudas:

  • Financiación descentralizada: Las entidades participantes en los proyectos EUROSTARS recibirán las ayudas a nivel nacional por medio de sus agencias financiadoras. Los costes elegibles y los requisitos para su concesión están definidos en cada país por dichas agencias.
  • En España la financiación se articula a través del Programa Interempresas Internacional. Se publicará una resolución específica que regulará la concesión directa de las ayudas a los proyectos españoles aprobados y que confirmará las condiciones definitivas. Esta ficha recoge las condiciones de la 4&5 convocatoria.

Intensidad de las ayudas:
- Proyectos de desarrollo experimental: 25% de costes subvencionables.
- Proyectos de investigación industrial: 50% de costes subvencionables.
Las intensidades de ayuda podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables:
a) 10% en el caso de las medianas empresas y 20% en el caso de las pequeñas empresas;
b) 15% si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
Que el proyecto implique una colaboración efectiva
- entre empresas, al menos 1 de las cuales sea una PYME, o se desarrolle en al menos 2 Estados Miembros de la UE, o en 1 Estado Miembro y en 1 Parte Contratante en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes, o
- entre una empresa y 1 o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
- Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Costes subvencionables:

  • Instrumental y material, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto. Si el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización que correspondan a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  • Personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), en la medida en que estén dedicados al proyecto.
  • Investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
    Se incluyen en esta partida los gastos derivados del informe realizado por un auditor para la justificación de las ayudas, con un límite máximo de 1.500 € por beneficiario y anualidad.
  • Costes indirectos: entendidos como gastos generales asignados a la actuación, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. Se calcularán proporcionalmente a las horas imputadas al proyecto respecto del número de horas totales del personal de la empresa. El importe máximo no podrá superar el 25% de los costes reales de personal del proyecto.
  • Subcontrataciones: No podrán superar el 50% del coste total del proyecto o actuación. Las actividades subcontratadas a entidades que no tienen residencia fiscal o establecimiento permanente en España, no podrán superar el 25% del presupuesto financiable de dicho beneficiario.

Requisitos Específicos (ver ficha adjunta).


Enlace a la información actualizada: https://www.eurostars-eureka.eu/applicationInformation

Dotación:

  • La financiación pública disponible (presupuesto de la CE y los países miembros de EUREKA) para el conjunto del programa (2014-2020) es de 1.148 millones de € (en el periodo anterior, 2007-2013, fue de 400 millones de €).
  • La dotación española para las convocatorias 5&6 ha sido de 10 millones de €.

    EUROSTARS SME brochure (en inglés)

Plazo: 14 de septiembre de 2017.

Más información:

EUREKA-EUROSTARS

CDTI

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