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Thursday, 25 June 2015 17:32

Registro pymes innovadoras

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Abierto el procedimiento para registrarse.

Recientemente el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) ha publicado la Orden según la cual se regula la obtención del sello de Pyme Innovadora y se crea y regula el Registro de Pynme Innovadora. El registro como empresa de este tipo es totalmente gratuito.

Se puede consultar el procedimiento para el registro, así como los beneficios derivados de la obtención del sello en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2015/06/11/pdfs/BOE-A-2015-6468.pdf

Beneficios para pymes registradas:
Tras la inscripción en el Registro y la obtención del sello, la pyme podrá:

  • Exponer en su sede y locales el distintivo concedido a la empresa.
  • Utilizar el distintivo en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios, sujeto a la plena observancia de la normativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.
  • Compatibilizar los beneficios fiscales y bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social regulados en el artículo 6 del Real Decreto 475/2014.

Condiciones para obtener el sello (alguna de estas):

  • Haber recibido financiación en los últimos 3 años de convocatorias públicas (Plan Nacional, CDTI, H2020)
  • Carácter innovador d esu actividad: tener patente en explotación o tener informe motivado vinculante de actividad de I+D
  • Contar con alguna de las certificaciones: Joven Empresa Innovadora (AENOR); Pequeña o microempresa innovadora (AENOR); UNE166.002 Gestión I+D+i
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